Deducí tu donación del Impuesto a las ganancias

Además de ayudar tus donaciones tienen beneficios fiscales. La ley del Impuesto a las Ganancias prevé que los donantes puedan deducir del pago del impuesto, un porcentaje de acuerdo a los límites establecidos por ley. 

¿Quiénes pueden deducir del impuesto?

Esto aplica tanto para personas físicas como jurídicas, quienes podrán deducir sus donaciones en dinero hasta un 5% de la Ganancia neta del ejercicio, previa a su cómputo. Lo declarado tiene un proceso de control por parte de la AFIP que es quien valida la información.

¿Cómo se realiza la donación?
La donación debe hacerse por depósito, giro o transferencia bancaria, débito en cuenta a través de cajero automático, débito directo en cuenta bancaria o débito directo en cuenta de tarjeta de crédito.

Desde el Hogar María Luisa, además de los datos bancarios de la donación, el donante tendrá el recibo por cada operación.

¿Cómo se notifican las donaciones para su deducción?
El donante puede hacerlo en la página de AFIP, a través del formulario 572

En el Hogar María Luisa contamos con el Certificado de Exención de Ganancias (AFIP). Además de ayudar tus donaciones tienen beneficios fiscales.