Si estás pensando en adoptar, ¡mirá estos consejos!

“No existen familias ideales, las únicas familias son las que se construyen cada día”. Esto nos dice nuestra directora Ana Álvarez. «En esa nota te damos algunos tips si estás pensando en adoptar. Comencemos en entender que es la adopción»:

La adopción es un acto jurídico, por lo que se arma un vínculo de parentesco. Hay una ley  y un proceso que acompaña y rige como tiene que ser este proceso.

Podés consultar la Ley completa ingresando en:  https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-26994-235975/texto#16

¿Existen distintos tipos de adopción?

«Sí, la adopción puede ser plena o simple. Esto depende de lo que el juez considere más conveniente para el niño, niña o adolescente».

Otro tipo de adopción es la conocida como «integración».  Se trata de la adopción del hijo o hija del cónyuge o conviviente.

¿Quiénes pueden adoptar?

  • * Un matrimonio
  • * Ambos integrantes de una unión convivencial
  • * Una única persona

La pareja del mismo sexo ¿puede adoptar?

«Sí. Tanto matrimonio como convivientes del mismo sexo pueden adoptar.»

Requisitos para  adoptar:

  1. * Tener 25 años de edad cumplidos, o al menos uno de los dos cónyuges.
  2. * Tener por lo menos 16 años más que la persona que vas a adoptar. Esto no aplica para  la 
  3.    adopción del hijo o hija del cónyuge o conviviente.
  4. * Ser argentino o argentina.
  5. * Para  extranjeros o extranjeras es necesario 5 años de residencia en el país..
  6. * Registrarte en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos que corresponda 
  7.    a tu domicilio.

Te compartimos el link al Registro: https://adopciones.scba.gov.ar/AltaFormularioSolicitud.aspx

La persona adoptada

¿Cuándo se declara la situación de adoptabilidad?

  • * Cuando no se conoce quiénes son sus progenitores.
  • * Cuando sus progenitores fallecieron y no se encontraron familiares de origen.
  • * Cuando los progenitores tomaron la decisión de dar en adopción después de los 45 días 
  •    del nacimiento.
  • * Cuando las medidas para que vuelva con su familia de origen no dieron resultado.

¿Quién decide cuándo una niña, niño o adolescente está en situación de adoptabilidad?

«El juez o jueza lo deciden».

Qué son las convocatorias públicas: Son llamados a personas que se ofrecen para incorporar a sus familias a niños, niñas o adolescentes. Estas personas pueden, o no, estar inscritas previamente en algún Registro de Adoptantes y tener domicilio en provincia de Buenos Aires o en el resto del país.

Te proporcionamos el link para explorar las convocatorias públicas de la Pcia. de Buenos Aires.

https://www.scba.gov.ar/informacion/afiches.asp?expre=&date1=&date2=&id=18&cat=46&pg=0

Si estás decidido  para postularte te sugerimos algunas páginas que pueden ayudarte a sacarte dudas: